Prestaciones económicas extraordinarias de Cese de Actividad para Trabajadores Autónomos

Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio

¿Necesitas ayuda?

Ponemos a tu disposición los siguientes teléfonos para atender tus dudas: 914163601 y 914163611 (de lunes a viernes, de 08:00h a 15:00h) y el 900233333, fuera de dicho horario, así como la dirección de correo electrónico catacovid19@ibermutua.es.

LA PALMA 5 Prestación de cese de actividad para los trabajadores autónomos que se han visto obligados a cesar en la actividad como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma.

Artículo 76.1 del Real Decreto-ley 8/2023 de 27 de diciembre.

IMPORTANTE: Para poder acceder a esta prestación, a fecha 1 de enero de 2024 es requisito indispensable, entre otros, venir percibiendo las prestaciones por cese de actividad como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma hasta fecha 31.12.2023, prevista en el apartado uno del artículo 176 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio,  por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (LA PALMA 4 ), situación en la que según nuestra información usted no cumple y por lo que no tendría derecho a esta prestación. No obstante si considera que sí cumple los requisitos para acceder a la misma y desea solicitar la prestación deberá remitir las alegaciones que fundamenten su pretensión al correo reclamacioncatacovid19@ibermutua.es, y se le dará respuesta.