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Prestaciones Económicas

Prestaciones Económicas

El sistema de protección por cese de actividad comprende las prestaciones siguientes:

  • La prestación económica por cese total de la actividad.
  • El abono de la cotización de Seguridad Social por contingencias comunes al régimen correspondiente, durante la percepción de la prestación económica por cese de actividad.
  • El sistema de protección por cese de actividad comprenderá, además, medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora de los trabajadores autónomos beneficiarios del mismo, que correrán a cargo de los servicios públicos de empleo autonómicos (o del Instituto Social de la Marina en el caso de los trabajadores del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar).

Pueden optar a ella todos los trabajadores autónomos afiliados a la Seguridad Social y en alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, incluidos los trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos en el Sistema Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

Ante una situación legal de cese de actividad, el autónomo que tenga concertada la protección y reúna los requisitos establecidos podrá acceder a esta prestación.

La duración de la prestación estará en función de los períodos de cotización efectuados. Una prestación económica por cese total e involuntario, temporal o definitivo de la actividad, consistente en el 70 % de la base reguladora media cotizada durante los 12 meses continuados e inmediatamente anteriores al cese de actividad.

Para ampliar esta información consulte aquí

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