El trabajador sólo falta al trabajo el día del accidente y no causa baja

El trabajador sólo falta al trabajo el día del accidente y no causa baja

En caso de accidente de trabajo, si la persona protegida sólo falta al trabajo el día del accidente y no causa baja, la empresa deberá comunicar dicho accidente a Ibermutua y remitir mensualmente la relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica, en los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al del accidente.

La persona protegida deberá acudir a su puesto de trabajo el mismo día o al día siguiente del accidente y deberá entregar en su empresa el certificado médico de asistencia sin baja.

La notificación de este documento deberá realizarse a través del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Sistema Delt@)

Enlaces relacionados:

Compartir: Meneame Fresqui Delicious

Hide picture
© Ibermutua, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274.
Todos los derechos reservados