Incapacidad temporal

Incapacidad temporal

La incapacidad temporal será consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, y durará mientras el trabajador reciba asistencia sanitaria y esté impedido para el trabajo.

La cuantía del subsidio será el 75% de la base reguladora, y se percibirá desde el día siguiente al de la baja médica. En caso de accidente o enfermedad profesional no se exige periodo previo de cotización. La prestación económica por incapacidad temporal correrá a cargo de Ibermutua si bien será abonada al trabajador por la Empresa mediante el sistema de pago delegado.

La duración máxima será de 12 meses, prorrogables a otros 6 cuando se presuma que en este tiempo el trabajador pueda ser dado de alta por curación. Cuando este plazo máximo de 18 meses se haya extinguido, se examinará en un plazo máximo de tres meses el estado del incapacitado, a efectos de su calificación, como incapacitado permanente.

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  • Consulte aquí en que consisten y cómo se gestionan los procesos de incapacidad temporal.

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