Dónde y cuándo se solicita la protección

Dónde y cuándo se solicita la protección

Si usted es un trabajador autónomo adherido a Ibermutua y reúne el resto de requisitos descritos anteriormente, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad en cualquier centro de Ibermutua. Puede solicitar la prestación tanto presencialmente como por vía telemática remitiendo la solicitud y documentos adjuntos a la dirección de correo electrónico cesedeactividad@ibermutua.es 

El plazo para poder solicitar el reconocimiento de la situación legal de cese de actividad finaliza el último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad. Deberá aportar toda la documentación necesaria para que Ibermutua pueda acreditar la situación legal de cese de actividad.

Dicho reconocimiento, le dará derecho a la correspondiente prestación económica,y a la cotización dependiendo del tipo de cese que se solicite y reconozca:

  • Cese parcial por motivos económicos: Junto con el importe de la prestación la Mutua abonará al autónomo el 50% de la cuota que corresponda, siendo el otro 50% a cargo del trabajador. La persona trabajadora autónoma será la responsable de ingresar la totalidad de las cotizaciones en la Seguridad Social.
  • En el resto de supuestos, el abono de la cotización a la Seguridad Social del trabajador autónomo al régimen correspondiente. A tales efectos, el órgano gestor se hará cargo de la cuota que corresponda durante la percepción de las prestaciones económicas por cese de actividad. La base de cotización durante ese período corresponde a la base reguladora de la prestación por cese de actividad en los términos establecidos en el artículo 339, sin que, en ningún caso, la base de cotización pueda ser inferior al importe de la base mínima o base única de cotización prevista en el correspondiente régimen.

La excepción al abono de la cotización es el supuesto previsto en el artículo 331.1.d), en el que no existirá la obligación de cotizar a la Seguridad Social, estando a lo previsto en el artículo 21.5 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y en el artículo 38.5 de la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual.

En caso de que presente la solicitud una vez transcurrido el plazo fijado, el derecho nacerá a partir del día de presentación de la solicitud y se descontarán del período de percepción de la prestación económica los días que medien entre la fecha en que debería haber presentado la solicitud y la fecha en que la presentó. En este caso, Ibermutua se hará cargo de la cuota de cotización a partir del primero del mes siguiente al de la solicitud.

Si usted es un trabajador autónomo económicamente dependiente y ha finalizado su relación con el cliente principal, puede solicitar a Ibermutua el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad. Para tener derecho a percibir la prestación, no podrá tener actividad con otros clientes a partir del día en que inicie el cobro de la prestación. Ibermutua se hará cargo de la cuota de cotización de Seguridad Social a partir de la fecha de inicio de la prestación.

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